Estar en el Buró de Crédito no significa algo malo, ya que todos estamos en él, significa tener un historial acerca de tu comportamiento crediticio.

Por: Dr. Jorge Carlos Medina

Tienes ganas de adquirir o cambiar de auto o en el centro comercial te ofrecen una de esas atractivas tarjetas de crédito que te reembolsan un porcentaje por pagar con ellas, entonces decides aceptar una de estas ofertas crediticias respaldadas por una institución bancaria, que tan solo en diez minutos te dice que te dan la aprobación para que utilices el crédito de inmediato.

Diez minutos después te dicen que no se autoriza ya que estas en el BURÓ DE CRÉDITO.

¿PERO CÓMO? ¡NUNCA HE TENIDO UN CRÉDITO!

Que es el BURÓ DE CRÉDITO y cómo funciona

Esta es una Institución privada de información crediticia que se regula por una Ley Federal, es decir, aplica para todo el país, lo primero que debes saber es que TODOS estamos en el BURÓ DE CRÉDITO, así que no creas en estos correos electrónicos y mensajes que te prometen borrarte del “BURÓ”, el sistema que esta Institución maneja es un sistema de puntos a lo largo de 13 meses que va punteando tu comportamiento con un semáforo de colores, este se establecerá según tu comportamiento:

  • VERDE: Cumples con tus obligaciones puntualmente
  • AMARILLO: Tienes atraso de 90 días o más
  • ROJO: Retraso de 180 días o más

Todos los créditos que acumules en tu vida aparecerán en este registro, ahora bien, debes saber que no solo existe el BURÓ DE CRÉDITO sino también otra Institución denominada CÍRCULO DE CRÉDITO, en que se diferencian.

  • BURÓ DE CRÉDITO: Instituciones de Banca y Crédito
  • CÍRCULO DE CRÉDITO: Empresas privadas que otorgan créditos no bancarios

Hay que tener saneado y monitoreado tu información crediticia, ya que este permanecerá vigente hasta por un término máximo de 6 años (72 meses) -art. 23 LPSIC-

¿QUÉ HACER SI ME INSCRIBEN UN CRÉDITO QUE NO SOLICITE?

Infortunadamente las instituciones de información crediticia no están obligadas a verificar la información que le mandan para inscribir los otorgadores de crédito, lo que convierte esto en una práctica incorrecta y común.

En estos casos, se debe iniciar un JUICIO CIVIL ORAL para reclamar la nulidad de crédito inscrito y exigirle a quien se arroga el crédito (banco o empresa) exhiba el Contrato suscrito en el cual se otorga el crédito, así como los documentos pertinentes en que NOTORIAMENTE SE APRECIE que fuiste TU quien ejerció el crédito, en caso contrario se declarará la nulidad por un Juez.

Suena sencillo, pero las empresas que hacen esto suelen ser empresas fantasmas que se aprovechan para defraudar y extorsionar a usuarios cumplidos del sistema financiero o personas que están desinformadas y sufren acoso de empresas que intentan recuperar créditos que jamás solicitaste.

Así también debes recordar que esas llamadas para exigir el pago de adeudos (existentes o no) están reguladas por ACUERDO A/002/2015 por el que se emiten las Disposiciones de carácter general en materia de despachos de cobranza a que se refiere el artículo 17 Bis 4 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, emitido por la PROFECO. Así también puedes verificar las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras en materia de Despachos de Cobranza o bien iniciar una Queja ante REDECO que es un mecanismo de la Comisión Nacional de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) para erradicar las malas prácticas de despachos de cobranza. Así las cosas, te invitamos a conocer las plataformas con las que cuenta el BURÓ DE CRÉDITO para proteger tu información financiera y no ser víctima de malas prácticas que puedan afectar tu patrimonio y si te encuentras en esta situación, en ESTRATEGIAS JURÍDICAS MASC contamos con abogados especialistas que pueden ayudarte a solucionar tu situación. Si estás en el BURÓ DE CRÉDITO por insolvencia, también podemos orientarte en encontrar una solución para regularizar tu situación crediticia. Tu información financiera es también parte de TU PATRIMONIO, protégelo.