(H2) Un fallo clave para proteger los derechos de la infancia y adolescencia

En una decisión trascendental dentro del panorama jurídico mexicano, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),  ha autorizado el uso parcial de los fondos acumulados en las Afore (Administradoras de Fondos para el Retiro) con el fin de garantizar el cumplimiento de las pensiones alimenticias. Con esta medida, se establece una línea jurídica que prioriza el bienestar de los menores por encima de los intereses económicos del deudor alimentario.

La Primera Sala de la SCJN determinó que cuando una persona con obligaciones alimentarias carece de empleo, ingresos o propiedades suficientes para cumplir con dichas responsabilidades, los jueces tienen la opción de ordenar el embargo parcial de las subcuentas de retiro en la Afore. Esta decisión busca asegurar que los hijos menores reciban la pensión que les corresponde, aun si el obligado no cuenta con otros medios de pago.

Este pronunciamiento se dio tras el análisis del artículo 79 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, el cual estipula que los recursos de las Afore son generalmente inembargables. Sin embargo, la Suprema Corte aclaró que esta regla no tiene protección constitucional absoluta, especialmente en casos donde está en juego el derecho superior de la niñez, respaldado por el artículo 123 de la Constitución. 

El máximo tribunal del país resolvió que el derecho de los menores a recibir alimentos debe prevalecer. Por ello, se podrá embargar, dependiendo del caso, lo que resulte menor entre dos opciones: 75 días de salario base de los últimos cinco años o el 10% del total acumulado en la cuenta individual de retiro, siempre considerando un periodo de 46 días naturales tras la pérdida de empleo del deudor.

La intención de esta nueva medida es garantizar que los niños y adolescentes tengan acceso a una vida digna mediante el pago de su pensión, sin eximir a los padres o madres deudores de la obligación de reincorporarse al trabajo para seguir cumpliendo sus deberes.

¿Qué relevancia tiene esta nueva disposición?

  • Protección prioritaria a la infancia: El principio constitucional del interés superior del menor es reforzado, asegurando que los más vulnerables sean protegidos económicamente.
  • Cierra la puerta a pretextos legales: Antes, algunos deudores utilizaban la inembargabilidad de las Afore como una estrategia para evitar el pago de pensión. Con esta resolución, dicha práctica deja de ser válida.
  • Fortalece la justicia social: Las pensiones alimenticias son un derecho básico, no una opción. Este fallo reafirma el compromiso del sistema legal con la protección de derechos fundamentales.

La reciente resolución de la Suprema Corte representa un paso firme hacia la protección integral de niñas, niños y adolescentes. Al autorizar el embargo parcial de fondos de retiro en circunstancias especiales, se asegura que el interés superior de la niñez prevalezca sobre las limitaciones patrimoniales del deudor. 

Esta decisión busca un equilibrio entre la protección de los fondos de jubilación y la necesidad urgente de garantizar un sustento digno para los menores.

Recordemos que la obligación de brindar alimentos no desaparece ante la falta de empleo, sino que implica una mayor responsabilidad. Si tienes dudas o enfrentas un conflicto relacionado con pensión alimenticia, es importante buscar asesoría legal adecuada. 

En Estrategias Jurídicas, contamos con abogados especialistas en pensión alimenticia que pueden apoyarte para proteger tus derechos y los de tus hijos. 

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